CREACION DEL REGISTRO DE BASES DE DATOS DESTINADAS A BRINDAR INFORMES OBJETIVOS DE CARACTER COMERCIAL




Promulgación: 30/10/2006
Publicación: 07/11/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1050
Ver vigencia: Decreto Nº 664/008 de 22/12/2008.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.838 Derogada/o de 24/09/2004.

Artículo 6

 Datos Requeridos:
Los responsables de la inscripción deberán suministrar al inscribirse en el formulario que a tal efecto confeccionará la comisión consultiva, la siguiente información.
a) Identificación de la Base de datos y responsable de la misma.
b) Datos sometidos a tratamiento en dicha base.
c) Procedimientos de obtención y tratamiento de datos.
d) Medidas de seguridad y descripción técnica de la Base de datos.
e) Protección de datos personales y ejercicio de derechos.
f) Cantidad de acreedores que han cumplido los cinco años previstos en el 
   artículo 24 de la Ley Nº 17.838, de 24 de setiembre de 2004 y 
   solicitudes de prórroga.
g) Cantidad de cancelaciones por cumplimiento de la obligación de pago si 
   correspondiera.
Sin perjuicio de éstos, la Comisión Consultiva está facultada a agregar los elementos que considere necesarios.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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