CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 44 LIMPIEZA DE ROPA. SUBGRUPO LAVADEROS




Promulgación: 31/07/1986
Publicación: 19/09/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Fíjase con carácter nacional, para los trabajadores comprendidos en el artículo anterior, por el período 1° de junio al 30 de setiembre de 1986 el salario mínimo en N$ 14.042,00 mensuales.
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