VISTO: El Decreto 426/011 del 8 de diciembre del 2011
RESULTANDO: I) que el mencionado Decreto fijó las tasas globales
arancelarias aplicables al comercio intra y extrazona del Mercosur,
expresadas en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) basada en la V
Enmienda del Sistema Armonizado (SA)
II) que en al Anexo 2 del mencionado Decreto, contiene un listado de
partidas arancelarias correspondientes al sector automotor
CONSIDERANDO: la necesidad de perfeccionar el listado de productos
automotores contenidos en el Anexo 2 del Decreto 426/011
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Agréguense al Anexo 2 del Decreto 426/011 del 8 de diciembre del 2011 las
siguientes partidas arancelarias:
NCM Exclusivamente TGA TGA
EZ% IZ%
8507.10.90 18 18
8708.10.00 18 18
8708.29.93 18 18