{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "397" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "REGISTROS PUBLICOS - INSCRIPCION DE ACTUACIONES DE JURISDICCION VOLUNTARIA REALIZADA POR PROFESIONALES ABOGADOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/09/14/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/08/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/09/1994" 
  ,"vistos" : "   Visto: El planteamiento efectuado por el Colegio de Abogados del Uruguay\r\nrelativo a las exigencias que se les plantean a los profesionales\r\nAbogados, en los Registros Públicos cuando se van a inscribir actuaciones\r\nde jurisdicción voluntaria.\r\n\r\n  Resultando: I) Que por Decreto Nº 120/994 de 18 de marzo de 1994, se\r\nestableció el sistema de aportaciones de los profesionales escribanos a la\r\nCaja Notarial de Jubilaciones y Pensiones.\r\n\r\n  Considerando: I) Que es necesario contemplar la situación del\r\nprofesional Abogado en las actuaciones de jurisdicción voluntaria.\r\n\r\n  II) Que no corresponde la exigencia de acreditar mediante certificado\r\nnotarial a constancia del Actuario del Juzgado respectivo, que el trámite\r\nvoluntario lo efectuó un Abogado, a fin de no pagar el montepío notarial.\r\n\r\n  Atento: A lo expuesto precedentemente;\r\n\r\n                         El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/397-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "     En las actuaciones de jurisdicción voluntaria que se presenten a\r\ninscribir en los Registros Públicos, tramitadas por un Profesional\r\nAbogado, será suficiente, a efectos de acreditar que la misma fue\r\nefectuada por el referido profesional, con la declaración que éste realice\r\nbajo su responsabilidad, al pie del documento a inscribir. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/397-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY - ANTONIO MERCADER\r\n " 
 }