VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Agencia Nacional de Vivienda correspondiente al ejercicio 2020, aprobado por Resolución de su Directorio N° 0244/2020 de 23 de julio de 2020. RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo contó con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que no formuló observaciones al proyecto de Presupuesto mencionado; II) Que por Resolución 1690/2020 de fecha 26 de agosto el Tribunal de Cuentas emitió su dictamen constitucional respecto al proyecto de Presupuesto, sin observaciones que formular. CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen; ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA
Apruébense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) correspondiente al ejercicio 2020, de acuerdo con el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
pesos uruguayos |
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I.- |
INGRESOS |
629.799.103 |
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I.-1 |
Ingresos del Giro |
619.897.669 |
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I.-2 |
Ingresos Ajenos al Giro |
9.901.434 |
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II.- |
EGRESOS |
-1.418.680.074 |
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II.1.- |
Operativos |
-1.412.980.030 |
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II.2.- |
Operaciones Financieras |
- |
|
II.3.- |
Inversiones |
-5.700.044 |
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III.- |
RESULTADO PRESUPESTARIO |
-788.880.971 |
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IV.- |
FINANCIAMIENTO |
788.880.971 |
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Aportes Rentas Generales |
588.172.253 |
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Vencimiento Letra de Regulación Monetaria |
200.708.718 |
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V.- |
DÉFICIT/SUPERAVIT |
0 |
LACALLE POU LUIS - IRENE MOREIRA - AZUCENA ARBELECHEAyuda