ACTUALIZACION DE NORMATIVA QUE REGULA EL SECTOR AVICOLA. DEROGACION DEL DECRETO 170/004 RELATIVO A REGLAMENTACION DE ESTABLECIMIENTOS DE PRODUCCION AVICOLA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
DEL REGISTRO Y HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE FAENA DE AVES Y ACOPIO DE HUEVOS
Artículo 7
La Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la División Industria Animal (DIA), registrará y habilitará los establecimientos de faena de aves y de acopio de huevos, de acuerdo con las condiciones, requisitos y procedimientos que establecerá a tales efectos.
Los titulares de las empresas de acopio de huevos, deberán llevar el registro de los establecimientos de origen de los productos que ingresan al establecimiento.