DECLARACION DE INTERES PUBLICO. HISTORIA CLINICA ELECTRONICA




Promulgación: 30/09/2003
Publicación: 07/10/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 597
Ver: Decreto Nº 242/017 de 31/08/2017 artículo 23.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3

   Declárase, en concordancia con lo establecido en los artículos 129 y
130 de la Ley Nº 16.002 de 25 de noviembre de 1998 y en el artículo 697
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, que toda historia clínica en
medio electrónico constituye documentación auténtica y como tal, será
válida y admisible como medio probatorio, haciendo plena fe a todos los
efectos, siempre que esté debidamente autenticada.

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