DECLARACION DE INTERES PUBLICO. HISTORIA CLINICA ELECTRONICA




Promulgación: 30/09/2003
Publicación: 07/10/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 597
Ver: Decreto Nº 242/017 de 31/08/2017 artículo 23.
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - NORMAS DE APLICACION

Artículo 19

   Créase una Comisión de estándares uniformizadores de las historias
clínicas electrónicas, la que estará integrada por cinco personas 
designadas por el Ministerio de Salud Pública a propuesta de las 
siguientes dependencias e instituciones:
a) la Dirección General de la Salud, cuyo representante la presidirá;
b) la Dirección General de la Administración de los Servicios de Salud del
   Estado;
c) las instituciones de Asistencia Médica Colectiva;
d) los Seguros Parciales y;
e) la Universidad de la República;
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