Reglamentario/a de: Ley Nº 16.671 de 13/12/1994 artículo 2.
TITULO III - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 112
Las solicitudes y la documentación que presenten las partes interesadas
deberán ajustarse a lo dispuesto en este decreto y en las instrucciones
que imparta la autoridad de aplicación; en caso contrario las mismas no
serán incorporadas a las actuaciones.