Reglamentario/a de: Ley Nº 16.671 de 13/12/1994 artículo 2.
TITULO III - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 111
No podrá adoptarse ninguna medida específica contra una subvención de
otro Miembro de la OMC si no es de conformidad con las disposiciones del
GATT de 1994, según se interpretan en el Acuerdo sobre Subvenciones y
Medidas Compensatorias sobre la OMC, a reserva del derecho de invocar
otras disposiciones pertinentes del GATT 1994, según proceda.