INMIGRACION. DERECHOS DE IMPORTACION. EXONERACION




Promulgación: 08/06/1972
Publicación: 21/06/1972

Resumen:

Dispónese que los ciudadanos naturales y legales uruguayos que sean profesionales universitarios o técnicos especializados y que hayan ejercido su actividad en el extranjero, gozarán a su regreso al país de la exención de todo tributo para la importación de máquinas, muebles y objetos de uso personal.


		
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