Visto: la gestión de la Dirección General de Comercio del Ministerio de
Economía y Finanzas, solicitando la aprobación de una enmienda referente a
la formulación del Presupuesto del Programa 014 "Coordinación del
Comercio".
Resultando: que dicha corrección consiste en habilitar en el Renglón
064/302 "Retribuciones Adicionales por Compensaciones Transitorias" la
suma de $ 1:276.000,oo (pesos uruguayos un millón doscientos setenta y
seis mil) y disminuirla del Renglón 067/306 "Bonificación por Excelencia
en Desempeño, por la misma cantidad, a valores del 1º de enero de 1995,
para los Ejercicios 1996 - 1999, ya que se padeció error al proyectar el
Mensaje Complementario del Presupuesto Nacional.
Considerando: lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 16.736
citada.
Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Increméntase el Renglón 064.302 "Retribuciones Adicionales por
Compensaciones Transitorias" del Programa 014 "Coordinación del Comercio",
de la Dirección General de Comercio, del Inciso 05 -Ministerio de Economía
y Finanzas-, exclusivamente en la Financiación 1.1 y disminúyase el
Renglón 067/306 "Retribuciones Complementarias Bonificación por Excelencia
en Desempeño", a valores del 1º de enero de 1995, para los Ejercicios 1996
- 1999, en la suma de $ 1.276.000,oo (pesos uruguayos un millón doscientos
setenta y seis mil).