{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "393" 
  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE LA REGLAMENTACION DEL IVA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/12/17/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/12/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/12/2012" 
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  ,"anio" : 2012 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión promovida por la Unidad Ejecutora 041 \"Dirección\r\nNacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica\" del Inciso 03\r\n\"Ministerio de Defensa Nacional\", a los efectos de incluir al \"Aeropuerto\r\nInternacional de Alternativa de Santa Bernardina\" sito en el Departamento\r\nde Durazno, en lo dispuesto por el articulo 83 del Decreto 220/998 de 12\r\nde agosto de 1998.\r\n\r\nRESULTANDO: que por la precitada norma, se acordó el carácter de\r\nexportador a los efectos del Impuesto al Valor Agregado a los contratistas\r\nde la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica, por las obras con\r\nentrega o no de materiales, servicios y aprovisionamiento de bienes\r\ndestinados a las obras de infraestructura que el referido Organismo\r\nrealice en determinados aeródromos públicos aduaneros de algunos\r\nDepartamentos.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que de conformidad con lo establecido por la Convención\r\nde Aviación Civil Internacional suscrita en Chicago el 7 de diciembre de\r\n1944 y aprobada por la Ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953, como asimismo\r\npor sus Anexos, el Estado uruguayo debe disponer la infraestructura y\r\nsistemas tecnológicos que aseguren la salvaguarda de las operaciones\r\naéreas.\r\n\r\nII) que la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura\r\nAeronáutica, tiene por cometido ejecutar la política aeronáutica nacional\r\ny proporcionar en todo el territorio y espacio aéreo nacional, un sistema\r\nde infraestructura aeroportuaria y navegación aérea en condiciones de\r\nseguridad, regularidad y eficiencia.\r\n\r\nIII) que consecuentemente con lo antes expresado, resulta pertinente\r\nincluir al \"Aeropuerto Internacional de Alternativa de Santa Bernardina\"\r\ndel Departamento de Durazno, en lo prescripto por el citado artículo 83\r\ndel Decreto 220/998 de 12 de agosto de 1998.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Ampliar lo establecido por el artículo 83 del Decreto 220/998 de 12 de\r\nagosto de 1998, incluyéndose al aeródromo público aduanero \"Aeropuerto\r\nInternacional de Alternativa de Santa Bernardina\" del Departamento de\r\nDurazno.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/393-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil\r\ne Infraestructura Aeronáutica. Cumplido, archívese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - FERNANDO LORENZO " 
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