{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "393" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE VIGILANCIA Y PREVENCION DE LA RABIA Y DE LOS ACCIDENTES POR MORDEDURAS DE ANIMALES\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/10/17/28" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/10/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/10/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 858 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la necesidad de profundizar en aspectos de prevención, vigilancia \r\ny control de zoonosis prevalentes en los ámbitos urbano y rural;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) la necesidad de asignar prioridad a mantener al país \r\nlibre de rabia y circunstancias accidentales de mordeduras que \r\nposibiliten la diseminación de la enfermedad;\r\n\r\nII) la importancia emergente de los accidentes por mordedura animal en \r\nlos ámbitos domésticos y peridomésticos de áreas urbanas y rurales por \r\nanimales domésticos, sinantrópicos y silvestres;\r\n\r\nRESULTANDO: que se entiende pertinente crear una Comisión abocada a tal \r\nfin que se denominará \"Comisión Nacional de Vigilancia y Prevención de la \r\nRabia y de los Accidentes por Mordedura de Animales\";\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/393-2001/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Créase la Comisión Nacional de Vigilancia y Prevención de la Rabia y de \r\nlos Accidentes por Mordeduras de Animales, que funcionará en el ámbito \r\ndel Ministerio de Salud Pública.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/393-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La citada Comisión se integrará de la siguiente forma: por el Ministerio de Salud Pública, cuatro delegados a saber: el Director del \r\nDepartamento de Epidemiología que la presidirá; el Director de la Unidad \r\nde Zoonosis y Vectores; un delegado de la División Jurídico-Notarial y un \r\ndelegado de la Unidad Educación para la Salud; un delegado del Ministerio \r\nde Ganadería, Agricultura y Pesca (DILAVE); un delegado del Ministerio de \r\nVivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (DINAMA); un delegado \r\ndel Ministerio del Interior; un delegado del Ministerio de Defensa \r\nNacional (Prefectura Nacional Naval); un delegado del Ministerio de \r\nTurismo; un delegado de la Intendencia Municipal de Montevideo y un \r\ndelegado del Congreso Nacional de Intendentes; tres delegados de la \r\nUniversidad de la República (Facultades de Veterinaria, Medicina y \r\nCiencias); un delegado de la Administración Nacional de Puertos (Unidad \r\nTécnica Gestión Ambiental); un delegado de la Comisión Nacional Honoraria \r\nde Lucha contra la Hidatidosis; un delegado de la Sociedad de Medicina \r\nVeterinaria (SUVEPA); dos delegados del Ministerio de Educación y \r\nCultura, a saber: un representante de la Academia Nacional Veterinaria y \r\nun representante de la Academia Nacional de Medicina. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 314/004 de 26/08/2004 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/314-2004/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 393/001 de 09/10/2001 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/393-2001/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/393-2001/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Serán sus cometidos específicos:\r\na)  Asesorar al Poder Ejecutivo en el desarrollo de estrategias y \r\n    metodologías de vigilancia y prevención de introducción o\r\n    reintroducción de rabia, actuando sobre potenciales ciclos de rabia\r\n    zoonótica urbana, pecuaria y silvestre (murciélagos);\r\nb)  Proponer planes e implementación de un programa nacional de \r\n    vigilancia, prevención y control sobre accidentes motivados por\r\n    agresión de animales domésticos, sinantrópicos y silvestres;\r\nc)  Proponer programas sobre tenencia responsable de animales \r\n    domésticos y sobre manejo sustentable de población de animales en\r\n    zonas urbanas, suburbanas y rurales;\r\nd)  Proponer un programa de fomento y desarrollo de estrategias de \r\n    información, educación y comunicación sobre los cometidos enumerados \r\n    precedentemente;\r\ne)  Asesorar previa y preceptivamente al Poder Ejecutivo sobre la \r\n    actualización de la normativa vigente en la materia;\r\nf)  Convocar a especialistas, técnicos y personalidades de reconocida \r\n    trayectoria vinculada para opinar, asesorar e informar sobre áreas \r\n    específicas;\r\ng)  Celebrar convenios, nacionales, regionales e internacionales, \r\n    previa aprobación por el Poder Ejecutivo, con autoridades u \r\n    organizaciones reconocidas jurídicamente en temas comunes de su \r\n    competencia;\r\nh)  Redactar el Reglamento Interno y designar sus autoridades,\r\n    subcomisiones y demás órganos de asesoramiento y coparticipación. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 314/004 de 26/08/2004 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/314-2004/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 393/001 de 09/10/2001 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/393-2001/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/393-2001/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - LUIS FRASCHINI - GUILLERMO STIRLING - LUIS BREZZO - ANTONIO \r\nMERCADER - GONZALO GONZALEZ - CARLOS CAT\r\n\r\n\r\n " 
 }