REGLAMENTO DEL SERVICIO DE EMPRESAS DE ARRENDAMIENTO DE AUTOMOVILES SIN CHOFER. SUSPENSION DE GARANTIAS




Promulgación: 03/11/2004
Publicación: 10/11/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1144
   VISTO: El Decreto Nº 180/02 de 14 de mayo de 2002, que reglamenta la
actividad de las Empresas de Arrendamiento de Automóviles Sin Chofer.-

   RESULTANDO: Que las normas que regulan dicha actividad deben adaptarse
a la dinámica propia de la misma y a las condiciones presentes del mercado, a fin de adecuar el funcionamiento del sector.-

   CONSIDERANDO: Que es facultad del Poder Ejecutivo determinar y regular
las actividades desarrolladas por los Prestadores de Servicios 
Turísticos.-

   ATENTO: A lo expresado y lo dispuesto por los artículos 3, 11 y 12 del
Decreto Ley Nº 14.335 de 23 de diciembre de1974 y artículo 84 de la Ley 
Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986.-

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                                                                          
                                  DECRETA:

Artículo 1

   Suspéndese desde el 1º de octubre de 2004 y hasta el 30 de abril de 2005 la vigencia de los artículos 5 y 9 del Decreto Nº 180/02 de 14 de mayo de 2002.

BATLLE - JUAN BORDABERRY - DANIEL BORRELLI - ISAAC ALFIE
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