{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "391" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/11/23/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/11/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/11/2011" 
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  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 1212 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado por Decreto del\r\nPoder Ejecutivo N° 315/994 de 5 de julio de 1994;\r\n\r\nRESULTANDO: que se ha solicitado la modificación de normas contenidas en\r\nel Capítulo 26 - Bebidas Alcohólicas Fermentadas - del citado Reglamento;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) los requerimientos fijados por el Artículo 3.1.4 del\r\nmencionado Reglamento para autorizar nuevas sustancias destinadas al uso\r\ncomo aditivo;\r\n\r\nII) que el Grupo Mercado Común de Sur del MERCOSUR N° 11/06 incluye al\r\nDimetil Bicarbonato en la \"Lista General Armonizada de Aditivos\r\nAlimentarios y su Clases Funcionales\" con la función de conservador;\r\n\r\nIII) que la actualización de la normativa sobre alimentos permite un mayor\r\ny más fluido relacionamiento comercial entre países;\r\n\r\nIV) que la modificación proyectada, elevada por la División Normas e\r\nInvestigación, cuenta con el aval de la Dirección General de la Salud del\r\nMinisterio de Salud Pública;\r\n\r\nV) que de acuerdo a lo expuesto corresponde incorporar al citado\r\nReglamento dicho conservante;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N°\r\n9.202 - Orgánica de Salud Pública-, de 12 de enero de 1934;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/391-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Incorporase al Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por Decreto N°\r\n315/994 de 5 de julio de 1994, en la Lista Positiva de Aditivos\r\nAlimentarios del Capítulo 26 - Bebidas Alcohólicas Fermentadas, el aditivo\r\nDimetil Dicarbonato - INS 242, en los siguientes casos: (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/391-2011/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/391-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - JORGE VENEGAS - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN - \r\nTABARÉ AGUERRE\r\n " 
 }