Visto: I) El decreto 81/983, de 11 de marzo de 1983 por el cual se
aprueba el Plan de Inversiones Públicas para el Ejercicio 1983 para
Administración Central, Administraciones Municipales, Dirección General
de Casinos y Dirección General de la Seguridad Social;
II) El decreto 185/983, de 9 de junio de 1983 por el cual se aprueba el
Plan de Inversiones Públicas para el Ejercicio 1983 para las Empresas
Públicas.
Resultando: I) Que en los citados decretos no se aprobaron las
asignaciones presupuestales de inversión para 1983 correspondientes al
Inciso 66 "Administración de las Obras Sanitarias del Estado";
II) Que fue necesario reducir las propuestas de inversión del citado
Organismo en virtud de la situación que atraviesa el Sector Público.
Considerando: la necesidad de aprobar el Plan de Inversiones para el
Ejercicio 1983 del Inciso 66 " Administración de las Obras Sanitarias
del Estado".
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y al dictamen del Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el Plan de Inversiones del Inciso 66 "Administración de las
Obras Sanitarias del Estado para 1983 por N$ 400,000.000.00 (nuevos pesos
cuatrocientos millones) con la apertura a nivel de proyecto y rubros que
se detalla en los cuadros 1, 2 y 3, los que forman parte de este
decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 391/983 de
07/10/1983.
Las asignaciones presupuestales que se aprueban por este decreto se
regirán por las normas y definiciones establecidas por el decreto 81/983,
de 11 de marzo de 1983.