FIJACION DEL INDICE DE REVALUACION DE LAS PASIVIDADES A CARGO DEL BPS




Promulgación: 11/07/1979
Publicación: 20/07/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 157

Artículo 6

   Los aumentos sólo serán tomados en su totalidad cuando acumulados al
promedio de ingresos que por cualquier origen hubiera percibido el
interesado en el año 1978, la suma total no exceda de la cantidad de N$
2.246.00 (nuevos pesos dos mil doscientos cuarenta y seis), mensuales.
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