Los funcionarios pertenecientes a la División Informática que sean
designados para cumplir tareas de soporte continuo, percibirán como máximo
una compensación equivalente al 30% (treinta por ciento) del importe que
determina el Grado de la Escala Patrón Unica que tengan asignados por
aplicación de estas disposiciones presupuestales, con ajuste a la
reglamentación dictada al efecto. Dicho complemento no podrá superar el
30% (treinta por ciento) del importe correspondiente al Grado 36 de la
Escala Patrón Unica y se abonará en forma proporcional a los días
correspondientes a la efectiva asignación de tareas de soporte técnico
continuo. Los funcionarios que perciban este complemento se entiende que
se encuentran a la orden del Banco durante el período de asignación.