VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al
ejercicio 2011;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco
Hipotecario del Uruguay a regir desde el 1° de enero de 2011, de acuerdo
con el siguiente detalle:
CONCEPTO PESOS
INGRESOS. 3.706.370.742
EGRESOS 3.696.150.356
Egresos Operativos 1.552.336.649
Operaciones Financieras 2.108.746.207
Inversiones 35.067.500
SUPERAVIT/DEFICIT 10.220.386
Financiamiento 0
SUPERAVIT 10.220.386