Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la solicitud de incremento tarifario de la Comisión Interventora de la Compañía del Gas de Montevideo.
Considerando: el aumento de dispuesto por el Poder Ejecutivo a regir a partir del 1° de julio de 1986.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria Energía y Minería y por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Aprúebanse las tarifas del gas por cañería, para los servicios a cargo de la Comisión Interventora de la Compañía del Gas de Montevideo que se aplicarán a los consumos que se efectúen a partir del 1° de julio de 1986, conforme al detalle siguiente: (*)
Autorízase a la Comisión Interventora de la Compañía del Gas de Montevideo a aplicar un recargo de 10% (diez por ciento) a las facturas no abonadas dentro del plazo otorgado para el pago.