{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "39" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "REGIMEN DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL POLICIAL. ANTIGÜEDAD CALIFICADA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/02/09/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/01/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/02/2011" 
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  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 225 
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  ,"vistos" : " VISTO: la misión asignada a los Jefes y Segundos Jefes de las Inspecciones\r\nde Zona de las Jefaturas de Policía, como supervisores y jefes de servicio\r\nde las dependencias a su mando.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que el Decreto N° 218/000 de 1° de agosto de 2000, otorgó\r\ndos puntos por mes como anotación positiva para la antigüedad calificada\r\nal personal policial destinado a las Comisarías Seccionales, Comisaría de\r\nla Mujer y Comisaría de Menores, que cumplan sustantivamente tareas\r\npreventivo-represivas.\r\n\r\nII) Que los Decretos N° 215/004 y 216/004 de 29 de junio de 2004\r\nextendieron dicho régimen de puntuación para los funcionarios\r\npertenecientes al Servicio de Seguridad Presidencial y a la Dirección\r\nNacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación.\r\n\r\nIII) Que actualmente los Jefes y Segundos Jefes de las Inspecciones de\r\nZona de la Dirección de Seguridad de la Jefatura de Policía de Montevideo,\r\nademás de cumplir con las obligaciones previstas por los artículos 28 y 29\r\ndel Decreto N° 256/976 de 11 de mayo de 1976, deben desempeñarse como\r\nsupervisores y jefes de servicio de diferentes operativos ejecutados por\r\nla citada Jefatura de Policía.\r\n\r\nIV) Que la situación referida en el numeral anterior, se refleja,\r\nasimismo, en las otras Jefaturas de Policía, en los departamentos donde se\r\nencuentra sub- dividida la jurisdicción con un criterio similar, netamente\r\noperativo.\r\n\r\nCONSIDERANDO: Que razones de equidad y justicia hacen necesario extender\r\nla calificación especial para el personal referido en el Visto.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/39-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  El régimen de puntuación como anotación positiva implementado por el\r\nDecreto N° 218/000 de 1° de agosto de 2000, se aplicará a los Jefes y\r\nSegundos Jefes de Inspecciones de Zona en aquellos departamentos donde su\r\njurisdicción se encuentre dividida de la forma citada.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/39-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El Director de Seguridad o el Superior inmediato de los mencionados\r\nInspectores de Zona, informará mensualmente el rendimiento de la labor del\r\npersonal referido en las tareas encomendadas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - JORGE VÁZQUEZ\r\n " 
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