Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a
redistribuir e incorporar dentro de la Unidad Ejecutora a los
funcionarios que sean del caso, conforme a la nueva estructura de los
servicios. Asimismo deberá identificar a los funcionarios que resulten
excedentes, a efectos de su redistribución a otras Unidades Ejecutoras
del Inciso u otras ramas de la Administración, conforme a las
disposiciones vigentes en la materia.