{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "389" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. SALTO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/11/23/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/11/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/11/2011" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 1209 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de Usinas y\r\nTrasmisiones Eléctricas (UTE), por la que solicita la designación, para\r\nser expropiado, del inmueble empadronado con el N° 8.886, ubicado en la\r\n11ª Sección catastral del departamento de Salto.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que el inmueble de referencia será destinado a servir de\r\nasiento a una Estación de Transformación 30/15 kV, siendo indispensable\r\npara cumplir con la distribución de energía eléctrica en la zona;\r\n\r\nII) Que la Dirección Nacional de Catastro tasó la fracción a adquirir en\r\nUI 39.291,4943 (treinta y nueve mil doscientas noventa y una Unidades\r\nIndexadas con cuatro mil novecientos cuarenta y tres diezmilésimas);\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que corresponde acceder a lo solicitado, en mérito a que\r\nde esta manera UTE podrá brindar el servicio que tiene a su cargo en forma\r\nmás eficiente y segura;\r\n\r\nII) lo dispuesto por la Ley N° 3.958 de 28 de marzo de 1912 y sus\r\nmodificativas, Decretos Leyes Nos. 14.694 del 1° de setiembre de 1977 y\r\n15.031 del 4 de julio de 1980,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/389-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Desígnese para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y\r\nTrasmisiones Eléctricas (UTE) el inmueble empadronado con el N° 8.886,\r\nubicado en la 11ª Sección Catastral departamento de Salto, que según plano\r\nde mensura N° 1470 del Departamento de Bienes Raíces, levantado por el\r\nIng. Agrim. Jorge Laviano, consta de una superficie de 3.852 m², cuyo\r\ndeslinde es el siguiente: al suroeste da frente a la Ruta Nacional N° 31\r\nsegún una recta de 45 m 99 cm; al oeste da frente a Camino Vecinal según\r\nuna recta de 70 m 21 cm, por el noreste linda con el resto del padrón N°\r\n8.886, del que procede, según una recta de 72 m 54 cm, y por el sureste\r\nlinda nuevamente con el resto del padrón N° 8.886 según una recta de 65 m.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/389-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárese urgente la toma de posesión del inmueble designado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/389-2011/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE)\r\nhabrá de hacer una reserva prudencial a efectos de cubrir el monto de la\r\nindemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo\r\ndispuesto por el Decreto Ley N° 15.027 del 17 de julio de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/389-2011/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN\r\n " 
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