DECLARACION DE INTERES GENERAL DEL USO DE ENMIENDAS CALCAREAS




Promulgación: 02/10/1996
Publicación: 11/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 835

CAPITULO IV - COMERCIALIZACION
SECCION II - FISCALIZACION

Artículo 12

   Cuando las irregularidades sean confirmadas por el segundo análisis o
no sean impugnadas, la Dirección de Suelos y Aguas constatará la
infracción y remitirá el expediente a la Dirección de Servicios Jurídicos
del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para la determinación,
imposición y ejecución de las sanciones que correspondan.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 22.
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