{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "389" 
  ,"anioNorma" : 1989 
  ,"nombreNorma" : "CONMEMORACION. DIA DEL INMIGRANTE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/12/29/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/08/1989" 
  ,"fechaPublicacion" : "29/12/1989" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1989 
  ,"pagina" : 150 
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  ,"vistos" : "   Visto: el planteamiento de la Asociación Internacional de Clubes de\r\nLeones para que el primer domingo de diciembre de cada año, sea declarado\r\n\"Día del Inmigrante\".\r\n\r\n  Considerando: I) Que en virtud de los fundamentos expuestos por los\r\npeticionantes y la incidencia favorable que la celebración de tal fecha\r\nrepresenta para el turismo nacional, es pertinente acceder a lo\r\nsolicitado;\r\n\r\n    II) Que compete al Ministerio de Turismo atender eventos que revistan\r\ninterés para el Sector.\r\n\r\n  Atento: a lo expresado y a lo dispuesto por los artículos 7 literal I,\r\ndel decreto ley 14.335 de 23 de diciembre de 1974 y artículo 84 de la ley\r\n15.851 de 24 de diciembre de 1986,\r\n\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "    Declárase \"Día del Inmigrante\" el primer domingo de diciembre de cada\r\naño.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/389-1989/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El presente decreto entrará en vigor a partir de su publicación en dos\r\ndiarios de la Capital.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/389-1989/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JOSE VILLAR GOMEZ - FRANCISCO A. FORTEZA\r\n " 
 }