Visto: la solicitud de incremento tarifario de la Comisión Interventora de la Compañía del gas de Montevideo.
Considerando: el aumento dispuesto por el Poder Ejecutivo a regir a partir del 1° de julio de 1985.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria y Energía y por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las tarifas del gas por cañería para los servicios a cargo
de la Comisión Interventora de la Compañía del Gas de Montevideo que se
aplicarán a los consumos que se efectúen a partir del 1° de julio de 1985,
conforme al detalle siguiente: (*)