Modifícase el artículo 1 del Decreto N° 357/969 de fecha 29 de julio de 1969 referente a la exoneración del pago de tasas consulares a las importaciones y posteriores transferencias de vehículos automotores que realicen las Representaciones extranjeras ante la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC).