Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Fíjanse para los cigarrillos importados el precio ficto, tasa e impuestos
que se detallan a efectos de la liquidación del Impuesto Específico
Interno correspondiente al semestre enero - junio 1999.
FICTO TASA IMPUESTO
$ % $
Países limítrofes 20,31 66.5 13,50
Países no limítrofes 31,24 66.5 20,77