{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "385" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE TURISMO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1997/11/04/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/10/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/11/1997" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1997 
  ,"pagina" : 1178 
  } 
  ,"vistos" : "   VISTO: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº\r\n16.736 de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de\r\n16 de mayo de 1996;\r\n\r\n  RESULTANDO: I) que los mismos refieren a la reformulación de las\r\nestructuras organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto\r\nNacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;\r\n\r\nII) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de procedimiento\r\na que debe ajustarse la mencionada reformulación de estructuras\r\norganizativas;\r\n\r\nIII) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 09 \"Ministerio\r\nde Turismo\" ha presentado para su consideración por el Comité Ejecutivo\r\npara la Reforma del Estado, el proyecto de reformulación de su estructura\r\norganizativa;\r\n\r\n  CONSIDERANDO: I) que el proceso de reformulación de las estructuras\r\norganizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de\r\nlos cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro\r\nde una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de\r\ncontrol y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;\r\n\r\nII) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte de\r\nuna redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la\r\nmodalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial\r\ncentrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la\r\nsatisfacción de las necesidades de los ciudadanos;\r\n\r\nIII) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada proyecto de\r\nreformulación de estructuras organizativas, con base en una dirección\r\nestratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos asumidos\r\npor la Administración; una descripción de la organización necesaria para\r\ncumplir con dicha definición estratégica y la previsión de los puestos de\r\ntrabajo requeridos para su funcionamiento con un enfoque gerencial, todo\r\nello enmarcado en un plan de implantación;\r\n\r\nIV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación\r\ny el desempeño eficiente, como centro de la política de recursos humanos y\r\nla recuperación de las capacidades gerenciales del sector público a través\r\nde la alta especialización;\r\n\r\nV) que el proyecto presentado por el Inciso 09 \"Ministerio de Turismo\" ha\r\nsido analizado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el que\r\nha entendido que cumple con los objetivos de racionalización perseguidos,\r\nen tanto las adecuaciones o transformaciones que incluye resultan\r\nconsistentes con los cometidos sustantivos asignados al referido Inciso y,\r\nen cuanto recoge los criterios determinados en la Ley y su reglamentación;\r\n\r\nVI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la\r\nReforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la\r\naprobación del proyecto de reformulación de la estructura organizativa del\r\nInciso de que se trata;\r\n\r\n  ATENTO: a lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n                   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/385-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura organizativa del Inciso 09 \"Ministerio de Turismo\" que consta de \r\n15 fs, el que se considera parte integrante de este Decreto, cuya \r\nefectiva implantación estará condicionada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996\r\ny de acuerdo con el cual se integra con la Unidad Ejecutora 001 \r\n\"Dirección General de Secretaría\" y la Unidad Ejecutora 002 \"Dirección Técnica de Turismo\". \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/385-1997/4\" >Texto/imagen</a> (estructura organizativa).\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/385-1997/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/385-1997/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Cumplido el plazo de treinta días a que refiere el artículo 730 de la\r\nLey Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, el Jerarca del Inciso procederá a\r\ndeclarar las excedencias de cargos y funciones contratadas resultantes.\r\nDentro del término de sesenta días corridos, contados desde la fecha de\r\nremisión a la Asamblea General del proyecto que se aprueba, el Jerarca del\r\nInciso remitirá al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el detalle\r\ncon especificación de destino de las economías generadas como consecuencia\r\nde la ejecución de dicho proyecto.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/385-1997/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/385-1997/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe favorable del\r\nComité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las acciones\r\nconcretas que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva\r\nimplantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el\r\nPoder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/385-1997/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/385-1997/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - BENITO STERN - JUAN ALBERTO MOREIRA\r\n " 
 }