AUTORIZACION A LA PREFECTURA NACIONAL NAVAL, A LA APERTURA DEL REGISTRO DE PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL




Promulgación: 29/06/1976
Publicación: 07/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   El ingreso al Registro será controlado por la Comisión que se crea por el artículo 3.o del presente decreto y la Dirección de la Marina Mercante de la Prefectura Nacional Naval, reglamentará las condiciones necesarias para el ingreso.
Ayuda