{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "383" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LAS NUEVAS ESCALAS DE PASIVIDADES Y SUELDOS MINIMOS ACORDADOS POR RESOLUCION DE LA CAJA NOTARIAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/07/23/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/07/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/07/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 60 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la resolución acordada con fecha 17 de abril de 1979 por el\r\nDirectorio de la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones referentes a\r\nlas nuevas escalas de pasividades y sueldo mínimos de sus afiliados.\r\n\r\n  Resultando: I) Que el Organismo de referencia, conforme a lo dispuesto\r\npor el artículo 33 de la ley 10.062 de 15 de octubre de 1941, en la\r\nredacción dada por el artículo 1º de la ley 12.202 de 6 de julio de 1955,\r\nsolicita del Poder Ejecutivo la aprobación de lo resuelto oportunamente;\r\n\r\nII) Que en esta oportunidad, el índice de revaluación aplicable sería\r\naproximadamente un 45% (cuarenta y cinco por ciento) sobre las pasividades\r\nvigentes al 12 de abril de 1978, el cual encuadra dentro de la política\r\ndel Poder Ejecutivo sobre la materia.\r\n\r\n  Considerando: que en consecuencia, corresponde de acuerdo a las normas\r\nen vigencia, proceder a la aprobación de la resolución mencionada\r\nut-supra.\r\n\r\n  Atento: a los fundamentos expuestos y a lo informado por la División\r\nPresupuesto de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión\r\n(SEPLACODI) y las Asesorías pertinentes del Ministerio de Trabajo y\r\nSeguridad Social.\r\n\r\n                 El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/383-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébanse las nuevas escalas de pasividades y sueldos mínimos\r\nacordados por resolución de la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones\r\nde fecha 17 de abril de 1979, que se transcribe: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/383-1979/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/383-1979/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/383-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - ALFREDO BAEZA ACCOSSANO\r\n " 
 }