{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "382" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE TARIFAS DE PEAJES. DICIEMBRE 2013" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/12/10/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/11/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/12/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 2123 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 80/014 de 31/03/2014 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/80-2014/3\" >3</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : " VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad, para\r\nactualizar las tarifas de peaje que se cobran en los puestos de\r\nrecaudación ubicados en las Rutas Nacionales.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que las actuales tarifas de peaje cobraron vigencia el 1 de\r\nagosto de 2013, según Decreto N° 225/013 de fecha 31 de julio de 2013 y\r\nposteriormente se adecuaron según Decreto N° 367/013 de 18 de noviembre de\r\n2013.\r\n\r\nII) Que el Contrato de Concesión de la Obra Ruta N° 5: Accesos a\r\nMontevideo Mendoza, prevé el procedimiento de ajuste cuatrimestral de las\r\ntarifas en el puesto operado por Hernández y González S.A..\r\n\r\nIII) Que el Contrato de Concesión de la Obra Ruta N° 8: Tramo Pando Minas,\r\nprevé el procedimiento de ajuste cuatrimestral de las tarifas en el puesto\r\noperado por Camino a las Sierras S.A..\r\n\r\nIV) Que la Resolución N° 1064 del Poder Ejecutivo de 1 de diciembre de\r\n2008, prevé el procedimiento de ajuste cuatrimestral de las tarifas en los\r\npuestos operados por Corporación Vial del Uruguay S.A..\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que procede fijar las referidas tarifas conforme a los\r\nvalores establecidos en el informe de la Dirección Nacional de Vialidad.\r\n\r\nII) Que por Resolución N° 1.468 del Poder Ejecutivo de 12 de octubre de\r\n2010 se aprobó la modificación de la cláusula 60.3 de la Sección I\r\n(Sistema de redondeo), modificada a su vez por el Comunicado N° 2 del\r\nPliego de Condiciones de la Concesión de Obra Pública Ruta N° 5, Accesos a\r\nMontevideo Mendoza (progresivas 11km300 y 69km000).\r\n\r\nIII) Que por Resolución N° 1.467 del Poder Ejecutivo de 12 de octubre de\r\n2010 se aprobó la modificación de la cláusula 4.3 de la Sección IV\r\n(Sistema de redondeo), modificada a su vez por el Comunicado N° 1 del\r\nPliego de Condiciones de la Concesión de Obra Pública para la Construcción\r\nde las obras iniciales, la gestión de conservación, explotación y\r\noperación de toda la infraestructura vial dentro de la faja de dominio\r\npúblico de la Ruta N° 8 en el tramo: 31km390 en el acceso norte a la\r\nciudad de Pando 115km700 en el acceso sur a la ciudad de Minas, excluido\r\nel tramo urbano en Solís de Mataojo, entre los kilómetros 79.000 y 81.500.\r\n\r\nIV) Que por Decreto N° 229/013 de 7 de agosto de 2013, con las\r\nmodificaciones introducidas por el Decreto N° 367/013 de fecha 18 de\r\nnoviembre de 2013, se aprobó el Reglamento de Cobro de las Tarifas de\r\nPeaje para su aplicación en las Rutas Nacionales.\r\n\r\nV) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ha tomado la intervención\r\nque le compete.\r\n\r\nATENTO: a lo establecido en el artículo 218 de la Ley N° 13.637 de 21 de\r\ndiciembre de 1967, en el artículo 3 literal c) del Decreto - Ley N° 15.637\r\nde 28 de setiembre de 1984, en el artículo 1 del Decreto N° 368/003 de 4\r\nde setiembre de 2003 y a lo dispuesto en el Decreto N° 229/013 de 7 de\r\nagosto de 2013, con las modificaciones introducidas por el Decreto N°\r\n367/013 de fecha 18 de noviembre de 2013.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 382/013 de 29/11/2013 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/382-2013/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 382/013 de 29/11/2013 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/382-2013/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-2013/3" 
 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 382/013 de 29/11/2013 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/382-2013/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - PABLO GENTA - FERNANDO LORENZO " 
 }