{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "382" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE CALIFICACION Y DE ASCENSO DEL PERSONAL SUPERIOR Y SUBALTERNO DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1997/11/05/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/10/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/11/1997" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1997 
  ,"pagina" : 1130 
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  ,"vistos" : "   VISTO: la situación planteada en el programa 0.01 \"Administración\r\nCentral del Ministerio de Defensa Nacional\", en los los Cuerpos regulados\r\npor el \"Reglamento de Calificación y Ascenso del Personal Superior y\r\nSubalterno del Ministerio de Defensa Nacional\", aprobado por el Decreto\r\n245/993 de 1ro. de junio de 1993, en relación a la provisión de vacantes\r\ndurante el año militar.\r\n\r\n  RESULTANDO: I) que el precitado Decreto incentiva la capacitación del\r\npersonal en base a Cursos y Concursos, establecidos como requerimiento en\r\nlas diferentes jerarquías, asegurando tanto a la Administración como al\r\npersonal la adecuada continuidad en la carrera funcional.\r\n\r\nII) que existen en los cuadros del Programa 0.01 referido, funcionarios\r\nque no cumplen con el requisito del tiempo mínimo exigible a efectos del\r\nascenso correspondiente.\r\n\r\nIII) que en virtud de lo antes señalado, el artículo 110mo. del Reglamento\r\ncitado, establece un mecanismo de excepción permitiendo el llamado a\r\nConcurso a aquel personal que reúna todo los requisitos, salvo la\r\nantigüedad computable. Esta excepción respecto al cumplimiento de la\r\nantigüedad computable tuvo vigencia hasta el 1ro. de junio de 1994, de\r\nacuerdo a lo dispuesto por el artículo 111ro. de dicho Reglamento; por lo\r\nque el mencionado mecanismo de excepción, en la actualidad, ha dejado de\r\ntener aplicación práctica.\r\n\r\nIV) que a efectos de dar solución a tal circunstancia, se dictaron los\r\nDecretos 245/993 de 1ro. de junio de 1993, 249/994 de 31 de mayo de 1994 y\r\nel 292/997 de 19 de agosto de 1997, que exceptuaron al Personal del\r\nPrograma 0.01 \"Administración Central del Ministerio de Defensa Nacional\"\r\ndel cumplimiento del requisito del tiempo mínimo de antigüedad computable\r\nen el grado exigible para el ascenso al grado inmediato superior, en un\r\nperíodo determinado.\r\n\r\n  CONSIDERANDO: I) que al producirse las vacantes, el personal pasa a\r\ncumplir las funciones inherentes a la nueva función, por lo cual se hace\r\nnecesario un mecanismo de excepción permanente que permita ocupar dichas\r\nvacantes a fin de regularizar una situación que de hecho se configura, sin\r\nocasionar erogaciones no previstas presupuestalmente.\r\n\r\nII) que dicho mecanismo sólo operará en caso de existir vacantes que no\r\npuedan ser cubiertas de acuerdo a los requisitos establecidos en los\r\nTítulos I y II del Decreto 245/993 de 1ro. de junio de 1993.\r\n\r\n  ATENTO: a los fundamentos expuestos y a lo dictaminado por la Asesoría\r\nLetrada del Ministerio de Defensa Nacional.\r\n\r\n                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : " Sustitúyese el artículo 110mo. del Reglamento de Calificación y de \r\nAscenso del Personal Superior y Subalterno del Ministerio de Defensa \r\nNacional aprobado por el Decreto 245/993 de fecha 1ro. de junio de 1993, \r\nel que quedará redactado de la siguiente manera:  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/382-1997/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1997/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Derógase el artículo 111ro. del Reglamento citado aprobado por Decreto\r\n245/993 de 1ro. de junio de 1993.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1997/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RAUL ITURRIA\r\n " 
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