{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "382" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION A LA INTENDENCIA DE TREINTA Y TRES A MODIFICAR LAS BASES DE IMPOSICION DE CONTRIBUCION INMOBILIARIA URBANA Y RURAL Y DE PATENTE DE RODADOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/07/17/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/07/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/07/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 131 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: estos antecedentes procedentes de la Intendencia Municipal de\r\nTreinta y Tres por los que solicita la modificación de las bases de\r\nimposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural y de Patente de\r\nRodados.\r\n\r\n   Resultando: que tanto la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión en su informe, como el Tribunal de Cuentas de la República en su\r\ndictamen, han otorgado su conformidad para que se proceda en la forma\r\nsolicitada.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto precedentemente,\r\n\r\n    El Presidente de la República\r\n\r\n                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la Intendencia Municipal de Treinta y Tres a modificar\r\nlas bases de imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural de\r\nPatente de Rodados según lo dispuesto en los artículos 3º y 4º de este\r\ndecreto respectivamente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El cálculo del producido de estos recursos así como su destino deberán\r\nincluirse en forma explícita en la próxima Modificación Presupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1980/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Para el cálculo de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural del año\r\n1980 se aplicará el decreto 248/979 de 9 de mayo de 1979 que fija un\r\níndice de actualización del 1,40 sobre el valor real 1977 respectivamente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1980/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Establécese que para el cálculo de la Patente de Rodados del año 1980,\r\nla Intendencia Municipal de Treinta y Tres aplicará la tabla del Banco de\r\nSeguros del Estado vigente al 1º de setiembre de 1979.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/382-1980/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }