AUTORIZACION A LA INTENDENCIA DE TREINTA Y TRES A MODIFICAR LAS BASES DE IMPOSICION DE CONTRIBUCION INMOBILIARIA URBANA Y RURAL Y DE PATENTE DE RODADOS




Promulgación: 09/07/1980
Publicación: 17/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 131
   Visto: estos antecedentes procedentes de la Intendencia Municipal de
Treinta y Tres por los que solicita la modificación de las bases de
imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural y de Patente de
Rodados.

   Resultando: que tanto la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión en su informe, como el Tribunal de Cuentas de la República en su
dictamen, han otorgado su conformidad para que se proceda en la forma
solicitada.

   Atento: a lo expuesto precedentemente,

    El Presidente de la República

                  DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase a la Intendencia Municipal de Treinta y Tres a modificar
las bases de imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural de
Patente de Rodados según lo dispuesto en los artículos 3º y 4º de este
decreto respectivamente.

Artículo 2

   El cálculo del producido de estos recursos así como su destino deberán
incluirse en forma explícita en la próxima Modificación Presupuestal.

Artículo 3

   Para el cálculo de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural del año
1980 se aplicará el decreto 248/979 de 9 de mayo de 1979 que fija un
índice de actualización del 1,40 sobre el valor real 1977 respectivamente.

Artículo 4

   Establécese que para el cálculo de la Patente de Rodados del año 1980,
la Intendencia Municipal de Treinta y Tres aplicará la tabla del Banco de
Seguros del Estado vigente al 1º de setiembre de 1979.

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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