AUTORIZACION A LA INTENDENCIA DE TREINTA Y TRES A MODIFICAR LAS BASES DE IMPOSICION DE CONTRIBUCION INMOBILIARIA URBANA Y RURAL Y DE PATENTE DE RODADOS
Visto: estos antecedentes procedentes de la Intendencia Municipal de
Treinta y Tres por los que solicita la modificación de las bases de
imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural y de Patente de
Rodados.
Resultando: que tanto la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión en su informe, como el Tribunal de Cuentas de la República en su
dictamen, han otorgado su conformidad para que se proceda en la forma
solicitada.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Autorízase a la Intendencia Municipal de Treinta y Tres a modificar
las bases de imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural de
Patente de Rodados según lo dispuesto en los artículos 3º y 4º de este
decreto respectivamente.
Para el cálculo de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural del año
1980 se aplicará el decreto 248/979 de 9 de mayo de 1979 que fija un
índice de actualización del 1,40 sobre el valor real 1977 respectivamente.
Establécese que para el cálculo de la Patente de Rodados del año 1980,
la Intendencia Municipal de Treinta y Tres aplicará la tabla del Banco de
Seguros del Estado vigente al 1º de setiembre de 1979.