{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "381" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE VIATICOS POR CONCEPTO DE ALIMENTACION Y DE REINTEGRO POR\r\nCONCEPTO DE EQUIPOS REGLAMENTARIOS PARA DETERMINADO PERSONAL MILITAR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/12/30/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/12/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/12/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
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  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 1275 
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  ,"vistos" : "    VISTO: la conveniencia de realizar un ajuste en el viático por concepto de alimentación y el reintegro por concepto de equipos reglamentarios, de determinado Personal Superior y Subalterno, así como los equiparados a las respectivas categorías pertenecientes al Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\".\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por el Decreto 41/994 de 27 de enero de 1994, se fijó el viático por concepto de alimentación para el Personal Subalterno del Escalafón K \"Militar\" y a los equiparados a dicha categoría, mientras que por el Decreto 497/997 de 31 de diciembre de 1997, se incrementó el reintegro por concepto de equipos reglamentarios para el Personal Superior del Escalafón K \"Militar\" y un complemento de viático por concepto de alimentación para el Personal Subalterno del mismo Escalafón.\r\n\r\n   II) que el ajuste comprende a todos quienes perciben el viático por concepto de alimentación y al Grado de Alférez y Guardiamarina y a Equiparados a dichos Grados que perciben reintegro por concepto de equipos.\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/381-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Incrementar a partir del 1ro. de enero de 2015 en $ 589,00 (pesos uruguayos quinientos ochenta y nueve con 00/100) mensuales, el viático por concepto de alimentación, que percibe el Personal Subalterno del Escalafón K \"Militar\" y a los equiparados a dicha categoría del Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", el que se imputará al Objeto del Gasto 234.002.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/381-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Incrementar a partir del 1ro. de enero de 2015 en $ 589,00 (pesos uruguayos quinientos ochenta y nueve con 00/100) mensuales, el reintegro por concepto de equipos reglamentarios, que perciben los Grados de Alférez y Guardiamarina y a los equiparados a dichos Grados del Inciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional\", el que se imputará al Objeto del Gasto 122.001.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/381-2014/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Los importes indicados se encuentran expresados a valores de enero de 2014 y se ajustarán en los porcentajes y en ocasión de los aumentos salariales que disponga el Poder Ejecutivo para los funcionarios de la Administración Central.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/381-2014/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : "    JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO " 
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