REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 18.412 SOBRE SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOTORES POR ACCIDENTES QUE CAUSEN DAÑOS A TERCEROS




Promulgación: 18/08/2009
Publicación: 31/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 362
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.412 de 17/11/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 (Vehículos excluidos).- Los automotores excluidos de la obligación de
contratar el seguro obligatorio en virtud del artículo 3º, literal B), de
la Ley, quedarán incluidos en la obligación de contratar el seguro en caso
que circulen en la vía pública o sean remolcados en ella.
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