{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "381" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "ARMAS DE FUEGO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/10/08/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/08/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/10/1992" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1992 
  ,"pagina" : 362 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la conveniencia de estudiar el marco jurídico relativo a la\r\nfabricación de armas de fuego de uso civil.\r\n\r\n  Considerando: que a tal efecto corresponde designar una Comisión con el\r\ncometido de evaluar la normativa vigente relativa a la citada actividad,\r\nasí como proyectar las normas que sean pertinentes sancionar.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de\r\nDefensa Nacional y por el Servicio de Material y Armamento del Comando\r\nGeneral del Ejército,\r\n\r\n                    El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/381-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase una Comisión con el cometido de evaluar la normativa vigente\r\naplicable a la fabricación de armas de fuego de uso civil, así como\r\nproyectar las normas que sean pertinentes sancionar, la que estará\r\nIntegrada por cuatro delegados del Ministerio de Defensa Nacional, un\r\ndelegado del Ministerio del Interior, un delegado del Ministerio de\r\nIndustria, Energía y Minería, un delegado del Ministerio de Trabajo y\r\nSeguridad Social y un delegado de la Dirección Nacional de Aduanas, la que\r\ndeberá expedirse dentro del término de 120 días desde su constitución.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/381-1992/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/381-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Cométese al Ministro de Defensa Nacional establecer cuál de sus\r\ndelegados presidirá la Comisión que se crea.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/381-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y cumplido archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO - JUAN ANDRES RAMIREZ - IGNACIO DE\r\nPOSADAS MONTERO - EDUARDO ACHE - ENRIQUE ALVARO CARBONE\r\n " 
 }