MODIFICACION DEL DECRETO 663/008, RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES NACIONAL DE LA REESTRUCTURACION DE LAS INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA




Promulgación: 22/12/2014
Publicación: 30/12/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1274
   VISTO: los Decretos N° 663/008 de 22 de diciembre de 2008; N° 552/009 de 7 de diciembre de 2009; N° 212/010 de 14 de julio de 2010; N° 13/011 de 19 de enero de 2011; N° 494/011 de 30 de diciembre de 2011; N° 110/013 de 11 de abril de 2013 y N° 396/013 de 13 de diciembre de 2013.
        
   RESULTANDO: I) que las normas referidas en el visto declararon promovida al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, por un período determinado, la actividad de reestructuración de entidades de intermediación financiera, realizadas mediante la transferencia a título universal de activos y pasivos, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

   II) que en la actualidad existen procesos de negociación para la adquisición de entidades de intermediación financiera que contribuyen al fortalecimiento de la plaza financiera.

   CONSIDERANDO: conveniente extender el período en el cual rige la declaratoria de interés nacional y los beneficios otorgados.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 663/008 de 22/12/2008 
artículo 3.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA
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