Extiéndase los beneficios del artículo 2º del presente decreto a los
siguientes productos empleados en el sector.
N.A.D.I. Artículo
28260100 Oxido de Estaño
28568901 Carburo de Silicio
68048900 Pastillas de diamantes
68048900 Lamas de Telar
68048900 Almas de discos
68048900 Discos de diamantes
82070000 Pastillas de widia
73258900 Hilo helicoidal (*)