COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES. REPRODUCTORES AVICOLAS. REPRODUCTORES SUINOS. EXONERACIONES TRIBUTARIAS




Promulgación: 06/08/1970
Publicación: 13/08/1970

Resumen:

Amplíase por el plazo de un año la vigencia de lo dispuesto por Decretos
Nos. 412/969 y 155/970 sobre importación de reproductores avícolas.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 505/971 Derogada/o de 
12/08/1971 artículo 1.


		
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