PRORROGA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS RELATIVAS AL SEGURO PARA EL CONTROL DE LA BRUCELOSIS BOVINA




Promulgación: 05/02/2013
Publicación: 15/02/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 250

Artículo 2

 Prorrógase hasta el 13 de enero de 2014 inclusive, la vigencia del aporte
establecido en el literal B) del artículo 2° de la ley N° 17.730 de 31 de
diciembre de 2003 en la redacción dada por el artículo 1° de la ley N°
17.906 de 12 de octubre de 2005, fijado en U$S 0,00 (cero dólares
americanos) por el decreto N° 35/011, de 26 de enero de 2011.
Referencias al artículo
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