FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 14 INDUSTRIA MECANICA




Promulgación: 26/01/1987
Publicación: 09/02/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

Durante el período 1º de octubre de 1986 al 30 de setiembre de 1987,
ningún otro aumento de salarios otorgado, podrá ser trasladado a los
precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que
integran el Grupo Salarial.
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