{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "379" 
  ,"anioNorma" : 2023 
  ,"nombreNorma" : "TRANSFERENCIA, EN EL INCISO 08 \"MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA\" A LA UNIDAD EJECUTORA 006 \"DIRECCION NACIONAL DE APLICACIONES DE LA TECNOLOGIA NUCLEAR\", DE LA TOTALIDAD DE LOS BIENES, CREDITOS PRESUPUESTALES, PUESTOS DE TRABAJO Y RECURSOS MATERIALES QUE SE DETERMINAN\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2023/12/05/16" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/11/2023" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/12/2023" 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto por el artículo 225 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por el artículo citado se crea en el Inciso 08 \"Ministerio de Industria Energía y Minería\", Programa 320 \"Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios\", la Unidad Ejecutora 006 \"Dirección Nacional de Aplicaciones de la Tecnología Nuclear\" cuyo cometido será la ejecución de las políticas del gobierno en materia de tecnología nuclear y sus aplicaciones como recurso científico y tecnológico y los servicios incluidos en el artículo 330 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015;\r\n\r\n   II) que en el inciso cuarto del artículo 225 citado, se establece que el Poder Ejecutivo reglamentará la transferencia de bienes, créditos presupuestales, puestos de trabajo y recursos materiales desde las Unidades Ejecutoras ya existentes hacia la que se crea, así como también el Laboratorio de Tecnogestión; \r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que se cuenta con informe previo de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación en el ámbito de sus respectivas competencias;\r\n\r\n   II) que corresponde dar cumplimiento a lo establecido, de forma de regularizar la operativa de la Unidad Ejecutora 006 \"Dirección Nacional de Aplicaciones de la Tecnología Nuclear\"; \r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 225 de la Ley N°. 20.075, de 20 de octubre de 2022; \r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/379-2023/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Transfiéranse en el Inciso 08 \"Ministerio de Industria Energía y Minería\" a la Unidad Ejecutora 006 \"Dirección Nacional de Aplicaciones de la Tecnología Nuclear\", la totalidad de los bienes, créditos presupuestales, puestos de trabajo y recursos materiales desde los Programas y Unidades Ejecutoras que se mencionarán, de acuerdo con los Anexos I, II y III (*) que se detallan a continuación y que forman parte integrante del presente Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/379-2023#ANEXO\" >Texto/imagen</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/379-2023/5\" >5</a> (vigencia).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/379-2023/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Reasígnanse a la Unidad Ejecutora 006 \"Dirección Nacional de Aplicaciones de la Tecnología Nuclear\", los cargos que se detallan en el Anexo II (*) pertenecientes a las Unidades Ejecutoras 001 \"Dirección General de Secretaría\", 004 \"Dirección Nacional de la Propiedad Industrial\", 007 \"Dirección Nacional de Minería y Geología\", 008 \"Dirección Nacional de Energía\", manteniéndose los titulares de aquellos cargos que se encuentren ocupados. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/379-2023#ANEXO2\" >Texto/imagen</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículos:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/379-2023/3\" >3</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/379-2023/5\" >5</a> (vigencia).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/379-2023/3" 
 ,"textoArticulo" : "    A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° del presente Decreto, se redistribuirá el personal manteniendo la clase de cargo y el total de las retribuciones que por todo concepto percibe en su Unidad Ejecutora de origen, cualquiera sea su fuente de financiamiento. Los conceptos retributivos mantendrán su categorización de acuerdo a lo previsto por el artículo 51 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/379-2023/5\" >5</a> (vigencia).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/379-2023/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a los dispuesto en el presente Decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/379-2023/5\" >5</a> (vigencia).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/379-2023/5" 
 ,"textoArticulo" : "    El presente Decreto entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su aprobación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/379-2023/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese y archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    BEATRIZ ARGIMÓN - WALTER VERRI - ALEJANDRO IRASTORZA " 
 }