TRANSFERENCIA, EN EL INCISO 08 "MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA" A LA UNIDAD EJECUTORA 006 "DIRECCION NACIONAL DE APLICACIONES DE LA TECNOLOGIA NUCLEAR", DE LA TOTALIDAD DE LOS BIENES, CREDITOS PRESUPUESTALES, PUESTOS DE TRABAJO Y RECURSOS MATERIALES QUE SE DETERMINAN
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° del presente Decreto, se redistribuirá el personal manteniendo la clase de cargo y el total de las retribuciones que por todo concepto percibe en su Unidad Ejecutora de origen, cualquiera sea su fuente de financiamiento. Los conceptos retributivos mantendrán su categorización de acuerdo a lo previsto por el artículo 51 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.