REGLAMENTACION DE LA LEY 19.574 CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS




Promulgación: 12/11/2018
Publicación: 20/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.574 de 20/12/2017.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO XII - REGISTRO DE DATOS DE SUJETOS OBLIGADOS

Artículo 96

   Colaboración Caja Notarial. De conformidad con lo establecido por los artículos 6° y 13 de la Ley N° 19.574, de 20 de diciembre de 2017, la Caja Notarial proporcionará a la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo los datos que sean necesarios recabar por parte de la Senaclaft para el registro de sujetos obligados, en la forma en que ambos organismos acuerden, de modo que los Escribanos no requerirán inscribirse directamente ante la Senaclaft. Sin perjuicio de ello, esta Secretaría podrá requerirles directamente a estos sujetos obligados toda otra información que entienda necesaria para el cumplimiento de sus cometidos.
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