Contenido de los reportes de operación sospechosa. Las comunicaciones de transacciones inusuales o sospechosas deberán ser presentadas ante la Unidad de Información y Análisis Financiero del Banco Central del Uruguay, en la forma y con el contenido que éste reglamente, incluyendo como mínimo la siguiente información:
A) Identificación de las personas físicas o jurídicas involucradas.
B) Una descripción de las transacciones que se presumen inusuales o sospechosas, indicando si fueron realizadas o no, sus fechas, montos, tipo de operación y en general, todo otro dato o información que se considere relevante a estos efectos.
C) Un detalle de las circunstancias o los indicios que indujeron a quien realiza la comunicación a calificar dichas transacciones como inusuales o sospechosas de estar relacionadas con el lavado de activos provenientes de actividades delictivas o la financiación de actividades terroristas, adjuntando cuando corresponda, copia de las actuaciones vinculadas al análisis realizado.