REGLAMENTACION DE LA LEY 19.574 CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS




Promulgación: 12/11/2018
Publicación: 20/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.574 de 20/12/2017.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO X - SECTOR ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO

Artículo 86

   Colaboración del Ministerio de Educación y Cultura por actividades inusuales. Cuando el Ministerio de Educación y Cultura, en cumplimiento de sus funciones de control de la actividad del sector de organizaciones sin fines de lucro, tome conocimiento de actos o hechos que puedan estar vinculados a los delitos de lavado de activos o financiamiento del terrorismo, lo informará a la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo la que, en caso de corresponder, pondrá la situación en conocimiento de la Unidad de Información y Análisis Financiero del Banco Central del Uruguay.
Ayuda