REGLAMENTACION DE LA LEY 19.574 CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS




Promulgación: 12/11/2018
Publicación: 20/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.574 de 20/12/2017.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II - GENERALIDADES

Artículo 2

   Sujetos obligados. Todos los sujetos obligados a reportar operaciones inusuales o sospechosas a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Banco Central del Uruguay de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 19.574, de 20 de diciembre de 2017, deberán cumplir e implementar las disposiciones del presente decreto, conforme a lo establecido en la precitada ley.

   No estarán comprendidos en este decreto los sujetos obligados financieros señalados en el artículo 12 de la mencionada ley, los que estarán sujetos a la reglamentación que dicte el Banco Central del Uruguay así como a su supervisión, de acuerdo a lo establecido en el citado artículo.
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